Para afiliarte descarga la solicitud y enviala a sindicatovs@gmail.com o entregalo a alguno de los representantes de ASVS.
Artículo 21. Requisitos de los afiliados
Podrán afiliarse al Sindicato los trabajadores por cuenta ajena, los
trabajadores por cuenta propia que no tengan trabajadores a su cargo, los
trabajadores desempleados y quienes hubieren cesado en su actividad por
incapacidad y jubilación, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a)
Ser mayores de edad. b) Realizar su trabajo en empresas del sector de la seguridad privada o servicios generales.
Artículo 24. Derechos de los afiliados
Los afiliados tendrán los siguientes derechos:
a)
A tomar parte en las actividades organizadas por el
Sindicato.
b)
A ejercitar el derecho de voz y voto en las Asambleas
Generales.
c)
A poseer un ejemplar de los estatutos y tener
conocimiento de las convocatorias de Asamblea General y de los acuerdos
adoptados por la misma.
d)
A tener conocimiento del contenido de las actas, de las
reuniones celebradas y las decisiones tomadas por la Junta Directiva.
e)
A ser electores y elegibles, mediante sufragio libre y
secreto, de los cargos que forman parte de la Junta Directiva.
f)
A presentar mociones para censurar la actividad de los
miembros que componen la Junta Directiva.
g)
A expresar libremente sus opiniones en el seno del
Sindicato.
h)
Recurrir mediante escrito razonado ante el Presidente y
los miembros de la Junta Directiva cuando estimen que sus derechos han sido
vulnerados, sin perjuicio de ejercitar las acciones legales que estime
convenientes.
i)
A examinar en cualquier momento los libros de
contabilidad para conocer la situación económica del sindicato, excepto el mes previo a la celebración de la Asamblea.
j)
A examinar el libro registro de los afiliados y
cualquier otro libro o documentos que obren en poder del Secretario para el
ejercicio de las funciones que le son encomendadas por los estatutos.
k)
A no ser expulsado del Sindicato si no es por causa
justificada y previo cumplimiento de los trámites procedimentales previstos en
estos estatutos.
l)
A darse de baja en el Sindicato.
m)
A solicitar asesoramiento jurídico en la garantía y
defensa de sus derechos y deberes laborales, en los términos que se establezcan
en las disposiciones reglamentarias.
n)
A constituir secciones sindicales en el ámbito de su
empresa o centro de trabajo, de conformidad con lo establecido en el art. 8 de
la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto.